Baisma

Por Baisma - febrero de 2026

La Diputación Foral de Gipuzkoa ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas para 2026 destinada a fomentar la descarbonización y la circularidad en el tejido empresarial del territorio.

Estas subvenciones permiten financiar estudios técnicos clave como Declaraciones Ambientales de Producto, planes de circularidad, planes de descarbonización y cálculos de huella de carbono.

¿Qué actuaciones se subvencionan?

La convocatoria apoya el desarrollo de herramientas técnicas orientadas a medir, planificar y reducir impactos ambientales.

Entre las actuaciones subvencionables se encuentran:

🔹 Declaraciones Ambientales de Producto (DAP / EPD)
🔹 Planes de circularidad
🔹 Planes de descarbonización
🔹 Cálculo de huella de carbono organizacional (alcances 1, 2 y 3)
🔹 Cálculo de huella de carbono de evento

En el caso de las Declaraciones Ambientales de Producto (Environmental Product Declarations, EPD), será obligatoria la verificación por tercera parte conforme a lo exigido en las bases reguladoras.

Para las actuaciones de cálculo de huella de carbono organizacional, además del plan de reducción de emisiones, deberá aportarse el certificado de inscripción en el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Los planes de circularidad deberán incluir, como mínimo:

  • Un diagnóstico inicial basado en el análisis de la generación de residuos, los procesos productivos y las materias primas utilizadas, así como su evolución.

  • Análisis de las materias primas utilizadas y su evolución en el tiempo.

  • Diferenciación entre materias primas con condicionantes normativos o de calidad y aquellas susceptibles de sustitución.

  • Prospectiva de mercado para identificar alternativas circulares que puedan sustituir materias primas vírgenes.

  • Evaluación de la viabilidad de implantación del ecodiseño en los productos fabricados.

  • Elaboración de un plan de acción que incluya:

    • Descripción de las medidas propuestas.

    • Objetivos perseguidos.

    • Recursos necesarios.

    • Responsable de implantación.

    • Plazos y cronograma.

    • Análisis coste-beneficio.

    • Previsión de inversiones y posibles líneas de ayuda.

    • Sistema de seguimiento y evaluación.

¿A quién van dirigidas las ayudas?

La convocatoria está dirigida a:

• Asociaciones sin ánimo de lucro
• Fundaciones no forales
• Sociedades mercantiles no forales

Todas ellas con domicilio social o actividad en el territorio de Gipuzkoa.

En el caso de asociaciones sin ánimo de lucro, la actuación subvencionable se limitará exclusivamente al cálculo de huella de carbono de evento.

La intensidad de la ayuda varía en función del tamaño de la organización:

• Gran empresa: hasta el 50 %
• Mediana empresa: hasta el 60 %
• Pequeña empresa y asociaciones: hasta el 70 %

Importes máximos por tipo de actuación

Los límites económicos establecidos en la convocatoria son:

• Declaraciones Ambientales de Producto: hasta 8.000 €
• Planes de circularidad: hasta 7.000 €
• Planes de descarbonización: hasta 7.000 €
• Huella de carbono de evento: hasta 4.500 €

En el caso del cálculo de huella de carbono organizacional (alcance 3):

• Para una única categoría de alcance 3 y un año de cálculo: hasta 7.000 €
• Incremento de 1.000 € por cada categoría adicional de alcance 3
• Incremento de 1.000 € por cada año adicional de cálculo
• Importe máximo total: 10.000 €

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria están sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 relativo a las ayudas de minimis.

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 18 de marzo de 2026.

En convocatorias de concurrencia competitiva, la claridad en el alcance técnico y la preparación anticipada de la documentación suelen ser factores determinantes.

Plazo de resolución

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, lo que situaría la resolución, previsiblemente, en torno al 18 de junio de 2026.

Plazo de ejecución de proyectos

Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse y justificarse antes del 31 de octubre de 2026.


Excepcionalmente, podrá solicitarse una ampliación del plazo cuando sea necesaria para el buen fin del proyecto, siempre que antes de esa fecha se haya justificado un gasto equivalente a la subvención concedida. En ningún caso la ampliación podrá superar el 31 de marzo de 2027.

En Baisma apoyamos a empresas y pymes en la medición y planificación de su impacto ambiental, desarrollando proyectos de huella de carbono, descarbonización, economía circular y análisis de ciclo de vida con base técnica sólida.

Si tu organización está valorando presentar esta convocatoria, podemos acompañarte en la definición del alcance, el desarrollo técnico del proyecto y la estructuración metodológica necesaria para su correcta justificación.

 Contáctanos.

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